AUTO CONSTITUCIONAL 599/2004-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 599/2004-CA

Fecha: 04-Nov-2004

I.1. Síntesis de la solicitud de parte

Juan Velásquez Orgaz, Uldarico Cusicanqui Astete y Rosario Mendieta Bilbao dentro del proceso sobre nulidad de documentos, protocolo y registro  que les sigue Wilfredo Méndez Rocabado en representación de Arnoldo, María Consuelo y Pedro Alfonso Ocampo Young, solicitan al Juez de la causa promueva el recurso indirecto o incidental de inconstitucionalidad en vista de la forma inconstitucional con la que se tramita el presente caso de autos, argumentando que dicha autoridad a la fecha no define la nulidad de la notificación reclamada por su parte, tampoco encara la bondad de sus excepciones previas y cuestiona su negativa a la demanda y el derecho a reconvenir al mismo tiempo, más el petitorio expreso de determinar la incompetencia de origen, que implica conflicto de poderes al sistema judicial ordinario civil con el sistema judicial agrario, lo que importa la nulidad de todos sus actos por ser contrarios al art. 31 de la Constitución Política del Estado, causado por el retardo y denegación de justicia, como también  el hecho irrefutable de estar obrando  contra la ley (sic).

Afirma que los juzgadores de la justicia ordinaria, no obstante la respuesta a la equívoca demanda, la reconvención y el planteamiento de excepciones previas,  no han entendido que les está vedado el conocimiento de conflictos sobre tierras del Estado, como son los reclamados por la familia Ocampo Young; en consecuencia, los componentes de la justicia ordinaria deben declararse sin competencia porque simplemente no la tenían por mandato de los arts. 175 y 176 de la CPE, constituyendo lo actuado,  providencias judiciales que no se ajustan a la Carta Magna y  actos inconstitucionales y por tanto, nulos; actos que causan daño material a su institución de metalurgistas y mineros desocupados, al evitar que su organización prosiga con la construcción de trescientas viviendas de significación social, con financiamiento externo sumamente benéfico.