AUTO CONSTITUCIONAL 0010/2004-ECA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0010/2004-ECA

Fecha: 16-Feb-2004

I. CONTENIDO DE LA SOLICITUD

Por memorial cursante a fs. 618 de obrados, el impetrante solicita aclaración, enmienda y complementación de la SC 0097/2004-R de 21 de enero, con el argumento de que el segundo párrafo del punto III.2. de la Sentencia Constitucional referida, deja entrever que la resolución dictada por la Sala Civil Segunda en el recurso de amparo presentado por Norma Lozano Antelo, y que fuera aprobada por este Tribunal y la nulidad de obrados decretada, es hasta el estado de notificarse con la Sentencia a los garantes hipotecarios, por lo que se interpreta que las demás actuaciones quedan válidas, pues tienen la calidad de cosa juzgada, solicitando en definitiva que se aclare o complemente sobre el hecho de que la nulidad de obrados es sólo hasta el estado de notificarse con la sentencia a los garantes hipotecarios, quedando firme todas las actuaciones del proceso ejecutivo contra los deudores principales