AUTO CONSTITUCIONAL 078/2004-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 078/2004-CA

Fecha: 05-Feb-2004

rechaza el incidente

M. Consuelo Chacón Schmidt de Méndez, Jueza Tercera de Partido en lo Civil-Comercial de La Paz, por Resolución 35/03 de 23 de enero de 2004, rechaza el incidente  en consideración  a que el mismo no tiene asidero legal, por cuanto de los datos del proceso se tiene que el proceso coactivo se inició el 27 de abril de 1999 dictándose la sentencia el 29 de abril del mismo año, lo que significa que la Ley 1760 aplicada a dicho proceso, fue promulgada en febrero de 1977, es decir, con anterioridad al presente recurso coactivo, el mismo que fue llevado conforme manda la referida ley, sin que se la haya aplicado en forma retroactiva. Resolución que en cumplimiento a lo dispuesto por el art. 62-1) de la Ley 1836, del Tribunal Constitucional (LTC), es elevada en consulta ante este Tribunal.