AUTO CONSTITUCIONAL 120/2004-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 120/2004-CA

Fecha: 03-Mar-2004

al no ser los miembros de los  Tribunales de Honor de  dichas agrupaciones,  autoridades públicas

Asimismo mediante el Auto Constitucional 131/2002 de 8 de abril de 2002, este Tribunal dejó establecido que “los partidos políticos son las agrupaciones de personas que, con distinto ideario unas de otras, sostienen opiniones políticas que pretenden hacer prevalecer a efectos de orientación y de la Gobernación del Estado, quedando por tanto fuera de las previsiones legales referidas, al no ser los miembros de los  Tribunales de Honor de  dichas agrupaciones,  autoridades públicas”.

En consecuencia, al haber interpuesto la recurrente el presente  recurso directo de nulidad contra Martha Andia B. y Remberto Mérida, Presidenta y Secretario del Tribunal de Honor Nacional del partido político Nueva Fuerza Republicana (NFR), los mismos que no están revestidos de autoridad pública,   deviene en la improcedencia del mismo.