Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0341/2004-R
Fecha: 16-Mar-2004
II.5.
II.5. Por Informe Legal de 9 de agosto de 2002 (fs. 43) dirigido al Director Nacional de Personal, se recomendó que el actor debía presentar la documental que aparejó sobre la resolución de la Fiscal de Materia y el Auto que dispone archivo de obrados, en fotocopias legalizadas, a tenor del art. 1311 del Código civil (CC).