AUTO CONSTITUCIONAL 022/2004-ECA
Fecha: 01-Abr-2004
1)
Por memorial de fs. 123, los apoderados legales de las autoridades recurridas solicitan la complementación de la SC 333/2004-R, de 10 de marzo, para que se establezca la imposición de: 1) costas y multa de acuerdo con lo determinado por el art. 102 de la Ley del Tribunal Constitucional (LTC), toda vez que por haber presentado el recurso ante un tribunal sin competencia la recurrente hizo incurrir a las autoridades demandadas en gastos emergentes del traslado de sus apoderados; 2) pago de daños civiles emergentes de la imposición, por parte del Tribunal de amparo, del pago de los haberes, derechos y beneficios por el tiempo que duró la destitución y que no trabajó la recurrente; mismos que fueron pagados y deben ser restituidos al Tesoro Judicial.