AUTO CONSTITUCIONAL 221/2004-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 221/2004-CA

Fecha: 15-Abr-2004

Fragmento 1

Por memorial de fs. 30 a 32 del expediente, Alberto Aguilar Aparicio interpuso recurso directo de nulidad contra Gonzalo Peñaranda Taida y Eduardo Guamán Prado, Presidente y Vocal de la Sala Penal Segunda de la Corte Superior de Cochabamba, solicitando la nulidad del Auto de Vista de 2 de diciembre de 2003, con el argumento de que las autoridades recurridas al pronunciar el Auto de Vista impugnado, le dejaron en estado de indefensión,  por cuanto se realizó un sorteo fuera de plazo y se pronunció el auto impugnado en forma totalmente extemporánea y sin observarse lo dispuesto por los arts. 77, 288 y 355 Código de Procedimiento Penal, los arts. 90, 205, 207 y 209 del Código de Procedimiento Civil y el art.  249 de la Ley de Organización Judicial, por lo que dicho auto es nulo ya que ha sido dictado sin competencia. Recurso que mediante Auto Constitucional 184/2004-CA de 30 de marzo, fue rechazado por esta Comisión, con el argumento de que el recurso fue interpuesto fuera del plazo establecido por el art. 81 de la Ley del Tribunal Constitucional.