AUTO CONSTITUCIONAL 274/2004-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 274/2004-CA

Fecha: 13-May-2004

l art. 19-II de la Ley 2297 de 20 de diciembre de 2001,

Rosa Gutiérrez de Yujra dentro del proceso coactivo civil seguido por el Banco Mercantil S.A. contra Pedro Yujra Yujra y su persona, solicita al juez de la causa,  promueva recurso indirecto o incidental de inconstitucionalidad contra el art. 19-II de la Ley 2297 de 20 de diciembre de 2001, que sustituye  los parágrafos II y III del art. 542 del Código de Procedimiento Civil, modificado por el art. 42 de la Ley 1760 de 28 de febrero de 1997, norma que dispone textualmente: “II. Si en la segunda subasta tampoco hubiere postor, el acreedor podrá adjudicarse el bien en el ochenta por ciento de la última base.”, argumentando que la misma es inconstitucional porque vulnera el derecho a la propiedad privada consagrada por el art. 7 inc. 1) concordante con el 22 de la Constitución Política del Estado, dejando en estado de indefensión al propietario del bien y  favoreciendo injustamente al acreedor, dando lugar a que se produzca un decrecimiento del patrimonio del deudor; además de violar los principios de generalidad, capacidad, economía, igualdad, no confiscatoriedad, justicia, seguridad jurídica e interdicción de la arbitrariedad y atentar contra el estado de derecho.