Resoluciones Ministeriales 534/98
Carlos Luis Pérez en representación de Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos dentro del proceso social seguido por Carlos Morón Kiles y otros contra la entidad representada, solicita a los Ministros de la Sala Social y Administrativa de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, promuevan recurso indirecto o incidental de inconstitucionalidad contra las Resoluciones Ministeriales 534/98 de 23 de septiembre de 1998 y 638/98 de 2 de diciembre de 1998, argumentando que las mismas son inconstitucionales porque resuelven una controversia laboral y tienen el carácter de sentencia judicial, al definir el reconocimiento de antigüedad y el pago de beneficios sociales de cuatro años no trabajados, fundando dicha disposición en el DS 16167 de 9 de febrero de 1979, resolviendo de esa manera un problema controvertido entre YPFB y el beneficiario de la Resolución Ministerial.
Alega que las Resoluciones Ministeriales impugnadas vulneran la legislación laboral, el art. 2 del Decreto Ley 38 de 7 de febrero de 1944, que determina que la controversia laboral debe ser instaurada ante el Juez del Trabajo y los arts. 1 y 2 del DS 08679 de 26 de febrero de 1969, que expresan que la judicatura del trabajo es la única que tiene competencia para conocer infracciones a las leyes laborales y de seguridad social.
Afirma que el Ministro del Trabajo sólo tiene competencia conciliatoria y no para definir controversias laborales, por lo que no puede dictar resoluciones ministeriales que tengan carácter de sentencia judicial, favoreciendo al trabajador sin un debido proceso, como en el presente caso, donde resuelve un derecho de cesantía por problemas político sindicales, por lo que las resoluciones ministeriales impugnadas son nulas al haber sido dictadas por una autoridad a la que no le compete definir controversias, cuya supuesta potestad no ha emanado de la ley y sin que tenga facultad para definir ningún derecho de un trabajador, vulnerando el art. 31 de la CPE.
