I.2. Argumentos jurídicos del recurso
Argumenta la recurrente que la Resolución Administrativa 003/2004 no ha sido tratada ni analizada en ninguna reunión del DILOS del Municipio del Cercado y por tanto, ha sido elaborada fuera del marco de la ley que dispone la plena igualdad de los tres integrantes del DILOS en el proceso de toma de decisiones, resolución que además, lleva sólo la firma del Presidente del DILOS y la del representante del Comité de Vigilancia y no así la del representante del SEDES, contraviniendo el art. 4 inc. II del Reglamento de la Organización de Funciones del DILOS que establece que toda documentación o correspondencia debe ser firmada por los tres integrantes.
Alega que la resolución administrativa impugnada es ilegal porque determina en su art. 3, designar a Mercedes Silvia Zapata Salinas en el cargo de Médico de Planta en el Centro de Salud Condebamba, Red de Servicios de Salud Norte, con el item 6753, el mismo que pertenece al Dr. Daniel Illanes, además de no haberse tomado en cuenta lo determinado por el art. 6 inc. d) del Reglamento de Organización y Funcionamiento de los DILOS, aprobado mediante Resolución Ministerial 446 de 7 de agosto de 2003, referido a que cualquier nombramiento o destitución debe regirse inexcusablemente por las normas institucionales del Ministerio de Salud y Deportes del Gobierno Municipal.
