SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0910/2004-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0910/2004-R

Fecha: 16-Jun-2004

I.2.2.

En el informe prestado en audiencia, el abogado de la parte recurrida indicó que el convenio suscrito el 17 de marzo de 2004, entre la Federación de Estudiantes Normalistas y los representantes de todos los estamentos de la Normal y otros entes, fue incumplido totalmente con la designación irregular del actor, como Director General de la Normal, a través del memorando adjunto en fotocopia, que no tiene ningún valor legal  al no guardar las formalidades de rigor previstas por el art. 1296 del Código civil (CC). Además, mediante carta de 24 de marzo del año en curso, en la que no consta cargo de recepción, el recurrente hizo conocer al Subprefecto su designación como Director General a.i. pidiéndole garantías para reiniciar las clases en la Institución, así como la entrega de las llaves de las oficinas, depositadas en el Comité Cívico Regional. Esta carta no mereció ningún proveído de la autoridad y con la misma, no agotó todas las instancias; sin embargo, a horas 13:00 del 25 de marzo, con la ayuda de un herrero, el recurrente pretendió violentar los candados de las aulas del Instituto Normal, lo que naturalmente fue rechazado por los alumnos. Por lo expuesto, concluye que el actor no demostró su personería y sólo tiene capacidad para actuar por sí y no por el Instituto Normal Superior Riberalta, al carecer de poder para ello; tampoco señaló domicilio de los recurridos, ni precisó de manera clara los derechos o garantías restringidos, menos fijó con precisión el amparo que solicita para preservar o restablecer el derecho o la garantía vulnerados o amenazados, y presentó pruebas ilícitas y sin valor legal, por lo que pidió la improcedencia del recurso.