Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0910/2004-R
Fecha: 16-Jun-2004
III.2.
III.2. En el caso de autos, es de aplicación el entendimiento jurisprudencial glosado, toda vez que el actor interpuso el presente recurso limitándose a pedir la procedencia del mismo y la remisión de antecedentes al Ministerio Público para el procesamiento de los recurridos, sin precisar su petitorio, en directa infracción del art. 97.VI de la LTC, que exige “fijar con precisión el amparo que se solicita para preservar o restablecer el derecho o la garantía vulnerados o amenazados”.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- plantea el presente recurso a nombre del Instituto Normal Superior Riberalta.
- I.1.3. Personas recurridas y petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- I.2.2.
- b)
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- ,
- III.2.
- APROBAR