Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0939/2004-R
Fecha: 15-Jun-2004
II.2.
II.2. En el memorial de 26 de marzo de 2004 (fs. 41) la recurrente aclara que el recurso presentado es sólo a nombre de su persona y pide al Tribunal de amparo sea éste el que oficie al Fiscal para que remita el cuaderno de investigaciones y sostiene que no es necesaria la presentación del requerimiento extrañado porque el recurso no está dirigido contra las actuaciones de ninguna autoridad del Ministerio Público.