SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0960/2004-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0960/2004-R

Fecha: 18-Jun-2004

III.3.

III.3.    En el caso que se examina, si bien los funcionarios policiales actuaron ante una denuncia formulada por un funcionario de la Corte Departamental Electoral en por un supuesto allanamiento agravado (art. 298 del Código penal, CP) cuando se apersonaron a dependencias de dicha Institución sorprendieron a los recurrentes en flagrancia, por lo que procedieron a su aprehensión poniéndolos a disposición del Fiscal dentro del plazo legal; es decir que la aprehensión realizada por la Policía se desarrolló dentro del marco legal precedentemente referido, por lo que la misma es legal y no supone ninguna vulneración al derecho de locomoción de los recurrentes, lo que hace inviable la presente demanda contra el Director de la Policía Técnica Judicial.

  Por su parte, la Directora Departamental del Registro Civil, no tuvo ninguna intervención en la privación de libertad de los recurrentes pues ésta como se tiene señalado estuvo a cargo y bajo la responsabilidad de los funcionarios policiales, por lo que respecto a esta autoridad tampoco es procedente el recurso.