AUTO CONSTITUCIONAL 0052/2004-ECA
Fecha: 01-Jul-2004
c)
c) Indica que en el proceso “impregnado de irregularidades” ilegalmente se dispuso la aplicación del Decreto derogado con anterioridad a la vigencia de la relación obrero - patronal surgida con el Proyecto de Pavimentación Santa Cruz-Trinidad, y se nombró un perito dirimidor que calculó el pago a los demandantes del proceso laboral con el mencionado DS 20862, ilegalidad que fue consolidada en apelación a través del Auto de Vista de 15 de agosto de 2003.
Solicita que, “en estricta aplicación” del art. 50 de la Ley del Tribunal Constitucional (LTC), se aclare, complemente y enmiende, la SC 964/2004-R, para que este Tribunal “se pronuncie sobre la aplicabilidad de cuál de las normas, el Decreto Supremo 20862 de 10 de junio de 1985, o el Decreto Supremo 21060 de 29 de agosto de 1985, en el cálculo del bono de antigüedad a cancelarse a los ex - trabajadores del proyecto de Pavimentación Santa Cruz - Trinidad” (sic).