rechaza el incidente
Con la respuesta, Cesar Dávalos Soria, Juez de Partido Octavo en lo Civil de Cochabamba, por Resolución de 26 de junio de 2004, con relación al recurso indirecto o incidental de inconstitucionalidad, rechaza el incidente formulado por Freddy Fernando Torrez Robles y Sandra Mónica Sarabia de Torrez, por cuanto no se encuentra fundamento en derecho, no se menciona el precepto constitucional infringido, carece de la correspondiente fundamentación de la inconstitucionalidad y la relevancia que puede tener la norma legal impugnada y por haberse planteado anteriormente igual recurso indirecto, contraviniendo lo dispuesto por el art. 61 de la Ley 1836. Resolución que en cumplimiento del art. 62.1) de la LTC es elevada en consulta a este Tribunal.
- I.1. Síntesis de la solicitud de parte
- rechaza el incidente
- resolución no judicial
- la mención de la ley, decreto o resolución no judicial cuya inconstitucionalidad se cuestiona y su vinculación con el derecho que se estima lesionado; el precepto constitucional que se considera infringido y la fundamentación de la inconstitucionalidad y la relevancia que tendrá la norma impugnada en la decisión del proceso
- resolución judicial,
- Fragmento 6
- APRUEBA
