SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0989/2004-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0989/2004-R

Fecha: 01-Jul-2004

procedente en parte

La Resolución cursante de fs. 45 a 46 vta., pronunciada el 16 de abril de 2004, por la Sala Civil Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de Cochabamba, declaró procedente en parte el recurso, con el fundamento de que si bien el pago de los servicios básicos es compartido con los hijos de los propietarios del inmueble, es obligación de aquellos evitar el corte de dichos servicios, cancelando puntualmente su consumo y exigiendo el pago correspondiente a la anticresista en la vía señalada por ley, pero no dejarla sin el servicio de luz eléctrica, más si ésta es dentista de profesión y su trabajo es velar por la salud de sus pacientes.

En consecuencia, la problemática planteada se halla dentro de las previsiones del art. 19 de la CPE, por lo que el Tribunal de amparo al haber declarado procedente en parte el presente recurso, ha evaluado parcialmente en forma correcta los datos del proceso y las normas legales aplicables al mismo.