SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1116/2004-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1116/2004-R

Fecha: 19-Jul-2004

improcedente

Concluida la audiencia el Tribunal de amparo constitucional pronuncia Resolución que declara improcedente el recurso, con el fundamento de que no se han agotado los medios de impugnación establecidos en el DS 26319, toda vez que la recurrente tiene expedita la vía del contencioso administrativo prevista en el art. 39 de la indicada disposición legal para reclamar sus derechos, no siendo el amparo de carácter sustitutivo conforme a lo señalado por la jurisprudencia constitucional.

Por todo lo expresado precedentemente, la situación planteada no se encuentra dentro de las previsiones del citado art. 19 de la CPE, por lo que el Tribunal de amparo al haber declarado improcedente el recurso, aunque con otros fundamentos, ha efectuado una adecuada compulsa de los antecedentes procesales y dado correcta aplicación al citado precepto constitucional.