Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0072/2004-ECA
Fecha: 24-Ago-2004
I. CONTENIDO DE LA SOLICITUD
Por memorial presentado el 23 de agosto de 2004, el abogado y apoderado del recurrente pide “explicación”, aclaración y enmienda de la SC 0093/2004-R, de 17 de agosto, solicitando que se indique cuál es la norma legal específica que se ha esgrimido para afirmar que los vocales recurridos pueden conocer en apelación la Resolución de conformación del Tribunal Arbitral, siendo que por mandato expreso del art. “23 inc. 3 de la Ley 1760”, la decisión que tome la autoridad judicial competente con referencia a la conformación del Tribunal Arbitral, no admitirá recurso alguno.