SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1218/2004-R
Fecha: 03-Ago-2004
a)
El recurrido informó en audiencia lo siguiente: a) el recurrente Richard Vega es Presidente de la OTB del sector de San Antonio, por su parte Orlando Ugarte como miembro de una de las OTB`s quería ser parte del Comité de Vigilancia del Distrito 10, al demandar la nulidad de los actos se está arrogando la representación de todas las OTB`s que son en total 347; b) lo único que hicieron su persona y los otros miembros del Comité de Vigilancia es basarse en lo que dicen las leyes y el Reglamento respectivo; c) por otra parte cabe mencionar que a los representantes los eligen las OTB`s; d) el Comité Electoral ya dejó de existir y los actos que se acusan por medio de este amparo se cometieron hace cuatro meses atrás y acuden a éste recurso sin agotar otros medios; e) no ha cometido acto ilegal alguno que vulnere los derechos de otras personas y como miembro del Comité Electoral enmarcó sus actos a las disposiciones legales vigentes, en su momento no hubo oposición alguna y las elecciones se llevaron a cabo con toda normalidad sin que el recurrente hubiera utilizado los medios de impugnación; f) el Concejo Municipal es el único que puede acreditar la legalidad de las elecciones y no existe impugnación alguna ante dicha institución y no hubiera sido necesario acudir al amparo.