AUTO CONSTITUCIONAL 518/2004-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 518/2004-CA

Fecha: 20-Sep-2004

I.2. Respuesta al recurso

Corrido en traslado el incidente, el mismo es respondido por Ana María  Choque Vda. de Ramírez impetrando se rechace el incidente por ser manifiestamente improcedente por las siguientes razones: 1) De las superabundantes pruebas de cargo se establece que la víctima es su persona  y no los co-procesados quienes quieren aparecer como tales; 2) la totalidad de las causas se viene tramitando precisamente para no dejar en la más flagrante impunidad a los autores y partícipes de la comisión de delitos graves de orden público y para que se cumpla el valor máximo del derecho, cual es la realización de la justifica; 3)  de la lectura de las normas supuestamente vulneradas se puede evidenciar la falta de una adecuada lógica jurídica y nula interpretación, forzando el verdadero espíritu de la ley, por cuanto han sido las partes procesadas quienes han entorpecido y dilatado el proceso, y 4) su planteamiento tiene afán dilatorio, por cuanto no se observa que la ley impugnada haya violado  ninguna disposición de la Constitución Política del Estado, menos la que los procesados invocan, además de que la causa se inició el 12 de julio de 2000, por lo que el caso no pudo prescribir, estando aún dentro de los cuatro años.