Fragmento 2
Javier Lorgio Landivar Salinas dentro del proceso ejecutivo seguido por el Banco Unión S.A. en su contra, solicita al Juez de la causa promueva recurso indirecto o incidental de inconstitucionalidad contra el art. 31 parágrafo II de la Ley 1760, argumentando que el mismo atenta contra el derecho de defensa en juicio y contra el principio del debido proceso legal consagrados por el art. 16 parágrafos II y IV de la Constitución Política del Estado, al suprimir un recurso legal como es el de casación en la forma y casación en el fondo para los procesos ejecutivos, destinado a evitar las violaciones a las normas adjetivas y sustantivas en materia civil, establecido por los arts. 250 y 251 del Código de Procedimiento Civil, normas de orden público y por lo tanto de cumplimiento obligatorio.
- Grover E. Núñez Klinsky, Juez Cuarto de Partido en Materia Civil-Comercial de Santa Cruz,
- Fragmento 2
- Fragmento 3
- "La Sentencia que declare la constitucionalidad de la norma legal impugnada, hace improcedente cualquier nueva demanda de inconstitucionalidad contra ella".
- cuando el Tribunal hubiere desestimado antes en el fondo un recurso de naturaleza y con objeto sustancialmente análogos.
- declarado constitucional el art. 31 de la Ley 1760, Ley de Abreviación Procesal Civil y de Asistencia Familiar,
- APRUEBA
