AUTO CONSTITUCIONAL 531/2004-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 531/2004-CA

Fecha: 23-Sep-2004

Fragmento 3

Grover E. Núñez Klinsky, Juez Cuarto de Partido en Materia Civil-Comercial de Santa Cruz, mediante Resolución de 12 de agosto de 2004, rechaza el incidente por ser manifiestamente infundado, considerando por una parte, que el proceso ejecutivo es de ejecución, sujeto a un trámite especial, cuya defensa esta plasmada en las excepciones y posteriormente, en el proceso ordinario que hace que se garantice el derecho a la defensa y el debido proceso; que en este proceso no se discuten situaciones de hecho, por lo que el legislador tratando de evitar dilaciones en el cumplimiento de las obligaciones, cuya fuerza probatoria está respaldada por un documento que tiene fuerza ejecutiva, no admite recurso de casación; por otro lado, el incidente ha sido presentado sin cumplir los requisitos establecidos en el art. 60.3) de la Ley 1836, teniendo en cuenta que no cambiará en nada la decisión final del proceso ejecutivo; resolución que en cumplimiento del art. 62.1) de la LTC es elevada en consulta a este Tribunal.