AUTO CONSTITUCIONAL 006/2005-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 006/2005-CA

Fecha: 05-Ene-2005

I.2. Argumentos jurídicos del recurso

Argumenta la recurrente que el art. 1º de la Resolución Ministerial 456/04 de 7 de septiembre de 2004  emitida por el Ministerio de Trabajo,  al establecer la obligatoriedad para el sector privado de negociar el incremento salarial para los trabajadores que prestan servicios en el mismo sobre la base de un tres por ciento en los marcos establecidos en la Ley General del Trabajo y su Decreto Reglamentario y en el plazo de 45 días a partir de la promulgación de la presente resolución ministerial, plazo dentro del cual las empresas deberán registrar los respectivos convenios salariales,  ha vulnerado los arts. 5º, 6º, 7º incs. a) y j), 29º, 31º y 157 de la Constitución Política del Estado.