AUTO CONSTITUCIONAL 518/2005-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 518/2005-CA

Fecha: 17-Oct-2005

rechazó el incidente

Por Resolución  01/2005 de 27 de septiembre de 2005, la Comisión Nacional para el Resarcimiento a Víctimas de la Violencia Política (CONREVIP) rechazó el incidente con el fundamento de que se incumplió los requisitos de contenido previstos por los incs. 1) y 3) del art. 60 de la LTC, por cuanto: a) el “recurrente” sólo se limitó ha citar las normas cuya inconstitucionalidad demanda, citando y desarrollando los principios y derechos presuntamente vulnerados, empero no expresó de manera clara la relación y vinculación de los artículos cuya constitucionalidad se cuestiona con el derecho que se estima lesionado; y b) no ha fundamentado respecto a la relevancia que tendrá la norma impugnada en la decisión del procedimiento administrativo, es decir de qué manera dependerá de la supuesta inconstitucionalidad.