rechazó el incidente
Por Resolución 01/2005 de 27 de septiembre de 2005, la Comisión Nacional para el Resarcimiento a Víctimas de la Violencia Política (CONREVIP) rechazó el incidente con el fundamento de que se incumplió los requisitos de contenido previstos por los incs. 1) y 3) del art. 60 de la LTC, por cuanto: a) el “recurrente” sólo se limitó ha citar las normas cuya inconstitucionalidad demanda, citando y desarrollando los principios y derechos presuntamente vulnerados, empero no expresó de manera clara la relación y vinculación de los artículos cuya constitucionalidad se cuestiona con el derecho que se estima lesionado; y b) no ha fundamentado respecto a la relevancia que tendrá la norma impugnada en la decisión del procedimiento administrativo, es decir de qué manera dependerá de la supuesta inconstitucionalidad.
- Materia: Recurso indirecto o incidental de inconstitucionalidad
- I.1. Síntesis de la solicitud de parte
- rechazó el incidente
- II.1. Norma jurídica impugnada y normas constitucionales infringidas
- 3.-
- no existe argumentación
- carezca en absoluto de contenido jurídico-constitucional que justifique una decisión sobre el fondo
- APRUEBA
