AUTO CONSTITUCIONAL 0067/2005-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0067/2005-RCA

Fecha: 09-Nov-2005

improcedente

La Resolución, de 25 de mayo de 2005, cursante de fs. 101 a 102 vta. declaró improcedente el presente recurso, toda vez que el recurrente no recogió parte de la documentación solicitada por no hacerse cargo del costo de las fotocopias y por otra parte se evidencia que el recurrente no dio cumplimiento al art. 1311 del Código Civil (CC), por cuanto no acudió a la Dirección de AASANA de El Alto, puesto que la oficina Nacional no cuenta con los originales y dicha Dirección es independiente en su manejo administrativo.