SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1513/2005-R
Fecha: 23-Nov-2005
I.2.2. Informe de las personas recurridas
Las personas demandadas a través de su abogado informaron que los terrenos en cuestión pertenecen al FONVIS en liquidación, y si bien recibieron una carta notariada de la parte recurrente, por ella les hicieron una oferta de venta señalando que no pertenecían a esa Entidad, por lo que debían apersonarse a las oficinas de la Empresa Mediterráneo, además se les advirtió que si no compraban iban a recurrir a las autoridades para hacer valer sus derechos, de lo que se infiere que la parte recurrente a través de la carta reconoció el asentamiento.
De otra parte expresaron que la parte recurrida no presentó los certificados alodiales correspondientes y que la documentación presentada no es actualizada, sin soslayar que Martha María Terceros sólo tiene catorce lotes, y no quinientos uno como se pretende; además que en el certificado alodial en ninguna parte aparece como colindante, por lo que su derecho propietario se halla cuestionado, sin soslayar que la urbanización es clandestina pues no se encuentra registrada en el plan regulador.
Señalaron que después de la presentación del recurso, la Policía siguió citando dentro de la denuncia de avasallamiento de propiedad, lo que implica que el asunto está siendo ventilado en la vía penal, existiendo por el momento la imposibilidad de determinar exactamente la ubicación de los terrenos