Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0102/2005-RCA
Fecha: 16-Dic-2005
Improcedente
Mediante Resolución Nº 023/2005 de 2 de junio de 2005, cursante de fs. 121 a fs. 123, la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior del Distrito Judicial de Cochabamba, en conformidad de lo establecido por el art. 96, inc.1), declaró Improcedente el recurso, con el fundamento de que en tanto no se resuelva el recurso de apelación planteado por los recurrentes, no corresponde referirse al fondo del amparo demandado.