AUTO CONSTITUCIONAL 638/2005-CA-Bis
Fecha: 15-Dic-2005
I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
Iván Pérez Sarmiento, mediante memorial presentado el 29 de noviembre de 2005, ante la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, cursante de fs. 131 a 138 Vta., interpuso recurso de amparo constitucional alegando como vulnerados sus derechos a la igualdad, a la seguridad jurídica, a recibir instrucción y adquirir cultura y al debido proceso, consagrados en los arts. 6, 7 incs. a) y e) y 16, de la Constitución Política del Estado (CPE).
Por memorial presentado el 13 de diciembre de 2005, ante este Tribunal, el recurrente a tiempo de apersonarse solicita se acepte el retiro del recurso de amparo constitucional interpuesto por su persona contra el Director de la ANAPOL y otros, con el argumento de que su recurso fue rechazado sin que el Tribunal de garantías, le otorgue el plazo de 48 horas a efectos de subsanar defectos formales previstos por el art. 98 de la Ley del Tribunal Constitucional y que dicho recurso de manera precipitada fue remitido en grado de revisión ante esta instancia.