I.2. Argumentos jurídicos del recurso
Argumenta el recurrente que su persona dentro del proceso coactivo civil seguido por el Banco ganadero S.A. Sucursal Trinidad, se sometió al proceso administrativo de reestructuración y/o liquidación voluntaria de empresas conjuntamente sus acreedores, incluido el Banco Ganadero, por lo que se suspendió la competencia del Juez recurrido para conocer el proceso coactivo civil, y al no haberse suscrito el acuerdo de transacción, automáticamente ese proceso coactivo civil pasó a constituirse como causal de quiebra bajo el procedimiento establecido por el Código de Comercio, quedando bajo la competencia de este último; por cuanto dentro de la Ley 2495 no existe norma alguna que disponga que a la no suscripción del acuerdo de transacción, el Juez del proceso civil pueda nuevamente retomar la competencia suspendida, por lo que el Juez recurrido está creando dos procesos irregulares que son paralelos.
