AUTO CONSTITUCIONAL 252/2005-CA-Bis
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 252/2005-CA-Bis

Fecha: 10-Jun-2005

rechazando el incidente

El Superintendente Tributario General a.i. pronunció la Resolución STG-RRII/0001/2005 de 18 de mayo, rechazando el incidente con la siguiente fundamentación: a) el art. 59 de la LTC  dispone que el recurso indirecto o incidental de inconstitucionalidad procederá en los procesos judiciales o administrativos cuya decisión dependa de la constitucionalidad o inconstitucionalidad de una ley, decreto o cualquier género de resolución no judicial aplicable a aquellos procesos, pudiendo ser promovido el incidente a petición de parte o de oficio;  b) el Recurso de Alzada interpuesto por Libertad Kushner fue resuelto mediante Resolución STR/LPZ/RA 0015/2005, por la que se revocaron parcialmente las Resoluciones Determinativas impugnadas, y una vez planteado el Recurso Jerárquico, se dictó la Resolución STG-RJ/0043/2005, de 4 de mayo, confirmando la Resolución del Recurso de Alzada;  c) después de haber sido legalmente notificado con la Resolución del Recurso Jerárquico STG-RJ/0043/2005, que puso fin al Recurso Jerárquico y a su competencia como Superintendente Tributario general, el Director de Recaudaciones del GMLP solicitó que se promueva el recurso indirecto o incidental de inconstitucionalidad contra el art. 150 de la Ley 2492, no pudiendo presentarse este tipo de solicitudes en ejecución de sentencia o resolución;  d) al cuestionar la constitucionalidad del art. 150 de la Ley 2492, el Director de Recaudaciones del GMLP no establece cuál sería la duda razonable y su vinculación con la decisión final en el presente caso