SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0642/2005-R
Fecha: 14-Jun-2005
I.1.1. Hechos que motivan el recurso
Por memorial presentado el 21 de diciembre de 2004, cursante de fs. 4 a 5, el recurrente, Juan Carlos Zamorano Valdez refirió que en su calidad de representante y gerente de la empresa Artes Gráficas “Sagitario” estableció relaciones de trabajo con la empresa Hotelera Nacional, representada por Enrique Pacheco, la que le solicitó unos trabajos de imprenta, por un costo de $us27.245,5.-, a cuyo efecto llegaron a un acuerdo verbal, que fue cumplido por la Empresa que representa no así por la empresa Hotelera Nacional, que no canceló el monto acordado, y como no pudieron llegar a un arreglo amistoso se vio obligado a iniciar una acción civil de cumplimiento de obligación, demanda que fue sorteada al Juzgado Tercero de Partido en lo Civil, a cargo de la recurrida, quien radicado el proceso observó la insuficiencia de poder y exigió que acredite el contrato verbal con un documento, si bien pudo subsanar lo del poder no pudo presentar un contrato escrito porque no existía ya que el acuerdo era verbal, sin embargo la Jueza recurrida rechazó su acción dándola por no presentada por no haberse acreditado documentalmente el contrato, vulnerando de ese modo sus derechos y garantías consagrados en el art. 7 inc. h) de la CPE.