AUTO CONSTITUCIONAL 0036/2005-ECA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0036/2005-ECA

Fecha: 08-Sep-2005

I. CONTENIDO DE LA SOLICITUD

Por memorial de 24 de agosto de 2005, cursante de fs. 180 a 181, el recurrente señala que fue notificado el 23 de agosto, a horas 16:00 con la SC 988/2005-R, de 19 de agosto, que revocó la Resolución 67/2004, de 20 de diciembre, pronunciada por el Tribunal de amparo y le concedió el amparo solicitado; por lo dentro de plazo solicita complementación de la misma, ya que de la revisión de los fundamentos de la citada Sentencia Constitucional se tiene que el reconocimiento del Ministerio del Trabajo de una nueva directiva que no fue constituida legalmente en desmedro de la directiva que se encontraba reconocida con una anterior Resolución Ministerial constituye un acto indebido e ilegal que lesionó sus derechos fundamentales; por lo que al amparo de la norma prevista por el art. 50 de la Ley del Tribunal Constitucional (LTC) dentro del plazo legal previsto y para evitar interpretaciones forzadas de la autoridad recurrida, solicita se complemente la referida Sentencia disponiendo expresamente: