Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0006/2006-ECA
Fecha: 25-Ene-2006
I. CONTENIDO DE LA SOLICITUD
Por memorial presentado el 9 de enero de 2006, la autoridad recurrida expresa haber sido notificada con la SC “165/2005-R”, de 19 de diciembre que revocó la Resolución de 6 de junio del mismo año pronunciada por la Sala Civil Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de Cochabamba, declarando improcedente el recurso interpuesto en su contra; Sentencia Constitucional que no contempla ni impone costas y multa a los recurrentes conforme prevé el art. 102.II de la Ley del Tribunal Constitucional (LTC), en cuyo mérito, en la vía de enmienda y complementación, impetra se proceda a imponer costas y multa a la parte actora.