Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 106/2006-RCA
Fecha: 31-Mar-2006
improcedencia
El Tribunal de amparo, Sala Penal Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz, mediante Resolución 100/2005 de 28 de noviembre, cursante de fs. 59 a 60 vta., declaró la improcedencia del recurso, con el fundamento de que la recurrente no acudió a la vía administrativa, ante la instancia correspondiente, para reclamar la presunta violación a sus derechos constitucionales, encontrándose por consiguiente, dentro de los supuestos de improcedencia previstos por el art. 96 de la LTC.