AUTO CONSTITUCIONAL 191/2006-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 191/2006-CA

Fecha: 24-Abr-2006

es competente también para conocer y resolver todas las cuestiones o incidentes que no hacen al fondo del recurso, como ser el caso de retiro o desistimiento de demanda

          La Comisión de Admisión del Tribunal Constitucional es la encargada de revisar o resolver las cuestiones formales, como ser la verificación del cumplimiento de los requisitos tanto de forma como de contenido de las demandas a objeto de determinar su admisión, rechazo, o subsanación según corresponda, tal cual establecen las normas contenidas en los arts. 30, 31 inc. 1), 32 de la Ley del Tribunal Constitucional (LTC); consecuentemente, es competente también para conocer y resolver todas las cuestiones o incidentes que no hacen al fondo del recurso, como ser el caso de retiro o desistimiento de demanda mediante Auto Constitucional motivado, tal cual prevé el art. 41.II in fine de la LTC; estando reservado el análisis y Resolución de fondo de la problemática jurídica planteada para el Pleno del Tribunal Constitucional.