AUTO CONSTITUCIONAL 0019/2006-ECA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0019/2006-ECA

Fecha: 22-May-2006

I.1.

I.1.    En el memorial  presentado el  12 de mayo de 2006, la recurrente aduce que habiendo sido notificada con la SC 0433/2006-R, de 9 de mayo, que aprobó la Resolución del Juez de amparo,  “al conceder el amparo debiera pronunciarse sobre la existencia del daño que está causando a su familia, siendo que el agua es algo vital para poder vivir, ya que todas las personas del mundo tienen ese derecho vital, donde también se daña la salud, según el art. 7 inc.) de la Constitución Política del Estado (CPE), y estimar también un monto por los daños y perjuicios ocasionados a su familia”, por lo que solicita complementar la Sentencia, “estimando que no se le quite este derecho del agua” (sic).