Auto Constitucional 172/2006-RCA
Fecha: 31-May-2006
I.1. Síntesis de la demanda
Por memorial presentado el 29 de noviembre de 2005, cursante de fs. 71 a 74, la recurrente refiere que es miembro de la institución policial, prestó servicios hasta el año 2000. El 16 de septiembre de 1999, atribuyéndole supuestas faltas disciplinarias administrativas e irregular reincorporación se dispuso su baja de la institución sin haber llevado un debido proceso, desde entonces ha realizado reclamos en la vía administrativa sin obtener respuesta a los memoriales presentados ante el Comando General de la Policía.
Si bien fue contratado como arquitecto por el Comando General de la Policía, “para distraer su atención y que su derecho prescriba” (sic), mientras ejercía dichas funciones, otros policías dados de baja por la Resolución del Comando General de la Policía Nacional 371/99, 16 septiembre de 1999 lograron su reincorporación, lo cual no sucedió en su caso, pese a sus reclamos hasta el pasado mes de octubre de 2005, sin obtener respuesta alguna salvo una certificación de 19 de septiembre del mismo año.
Circunstancias, que a su criterio demuestranque se coartó su carrera policial con abuso de poder y arbitrariedad, lo cual motiva a que interponga el presente recurso de amparo constitucional, pidiendo se declare procedente, se deje sin efecto la baja, y se disponga su inmediata reincorporación reconociéndose su antigüedad en grados a los fines de ascenso.