Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0511/2006-R
Fecha: 31-May-2006
1)
El recurrido alega porque el recurso de amparo sea declarado improcedente por lo siguiente: 1) el mismo recurrente ha señalado que mediante nota de 18 de marzo solicitó se revoque la sanción ilegal y el 7 de septiembre de 2005, nuevamente solicitó al nuevo Directorio su reincorporación, existiendo la posibilidad que el actual Directorio considere su petición; 2) el recurrente niega representación legal al recurrido por cuanto en la demanda se refiere a él como ex Presidente y posteriormente dice que el actual Presidente es Lino Delgado.