Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 181/2006-RCA
Fecha: 06-Jun-2006
II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DE LA RESOLUCIÓN
Los recurrentes señalan que un funcionario municipal del Distrito 3 de la Alcaldía Municipal pretende demoler sus kioscos, que constituye su única fuente de trabajo y subsistencia diaria, pese a que estos fueron construidos con sus propios recursos, negándoles su derecho al trabajo, por lo que piden que se repare los daños causados y se deje sin efecto toda ordenanza de demolición. En consecuencia, corresponde en revisión, verificar si existe o no los supuestos de rechazo del recurso de amparo constitucional.