SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0714/2006-R
Fecha: 21-Jul-2006
denegó
La Resolución cursante a fs. 58 y vta., pronunciada el 20 de octubre de 2005 por la Sala Civil Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz, denegó el recurso conminando a los recurridos a dejar sin efecto en el día la anotación preventiva del vehículo en cuestión por no ser parte de ninguna investigación puesta en conocimiento del Juez para control jurisdiccional, con el fundamento de que cesaron los efectos del acto reclamado cuando se admitió el presente recurso, los supuestos actos ilegales ya habían cesado, pues el 3 de septiembre de 2005 se pidió por primera vez la devolución del microbús y el 3 de octubre se ordenó la entrega del motorizado previa anotación preventiva.