Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0007/2007-ECA
Fecha: 26-Ene-2007
2)
2) Complementar, la calificación de daños y perjuicios (gastos de alojamiento, alimentación, ropa, honorarios profesionales y otros) ocasionados por el incumplimiento de la SC 1505/2004-R, que debe ser cancelado por la autoridad responsable, en este caso, el Fiscal de Materia, Alberto Villegas García; y