Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0824/2007-R
Fecha: 07-Dic-2007
II.1.
Asimismo, según lo aseverado por el recurrente no desvirtuado por el recurrido quien no obstante su notificación personal no se presentó a la audiencia ni remitió informe alguno, hubiere sido injustamente detenido por miembros de la FELCC, extremo que a decir suyo es ilegal, por no existir suficientes indicios sobre lo denunciado.