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    AUTO CONSTITUCIONAL 171/2007-CA
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    AUTO CONSTITUCIONAL 171/2007-CA

    Fecha: 29-Mar-2007

    I.2. Desistimiento

    El recurrente mediante memorial presentado el 21 de marzo de 2007, formula desistimiento del recurso,  aduciendo que las partes habrían arribado a un acuerdo satisfactorio mediante la firma de un convenio transaccional; asimismo los recurridos aceptan el desistimiento formulado, consignando el memorial como constancia, firmas tanto de la parte recurrente como de la recurrida.

    • I.1. Demanda y trámite procesal
    • I.2. Desistimiento
    • está conformado por el Pleno y por la Comisión de Admisión
    • Fragmento 4
    • II.2.  Doctrina Constitucional sobre desistimiento de demanda
    • admiten el desistimiento,
    • al haber desistido

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