II.3.
II.3. Conforme a la jurisprudencia precedentemente citada, el recurso directo o abstracto de inconstitucionalidad presentado por la diputada nacional Julia Damiana Ramos Sánchez no reúne las condiciones de admisibilidad, puesto que se plantea a este Tribunal que ejerza control de constitucionalidad sobre la Resolución Prefectural 110/2006, por la que el Prefecto del departamento de Tarija, atribuyéndose competencias del directorio de SETAR S.A. procedió a designar al Gerente General de esa Empresa, como si fuera el único accionista, cuando lo que correspondía era conformar el directorio, para que este órgano de administración proceda a nombrar con plenas facultades al Gerente General. Por consiguiente, la Resolución Prefectural hoy impugnada carece de contenido normativo de alcance general, al ser la misma esencialmente administrativa y ligada a un caso concreto, circunstancia que inviabiliza la admisión de este recurso e impide ingresar al fondo del asunto, puesto que la pretensión de la recurrente no se ajusta a los requisitos de procedencia de este recurso de control abstracto o directo de inconstitucionalidad.
