Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0559/2007-R
Fecha: 03-Jul-2007
procedente
La Resolución de 31 de marzo de 2007, cursante a fs. 30 y vta., declaró procedente el recurso, con el argumento de que las autoridades recurridas no tenían mandamiento de allanamiento, ni concurrió alguna de las situaciones de flagrancia conforme dispone el art. 227 del CPP, porque sólo se estaba realizando una investigación, tampoco había persecución por la comisión de un delito, ni se informó al Juez cautelar.