Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0026/2007-ECA
Fecha: 14-Ago-2007
a)
Mediante memorial recibido vía fax el 4 de agosto de 2007 y presentado en original el 7 del mismo mes y año, los solicitantes piden que se aclare la SC 0036/2007, en dos aspectos: a) Si un problema de legalidad, consistente en la contradicción entre una norma y otra de mayor jerarquía, aunque no sea la Constitución Política del Estado, no afecta el principio de jerarquía normativa que le corresponde al Tribunal Constitucional precautelar; y b) Que habiendo sido expuesto en la SC 0036/2007 que el control de legalidad le corresponde a la vía contenciosa administrativa, el Tribunal Constitucional carece de competencia para resolver el caso concreto.