SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2855/2010-R
Fecha: 10-Dic-2010
I.1.1. Hechos que motivan el recurso
Por los certificados públicos extendidos por el registro de Derechos Reales (DD.RR.) y las escrituras públicas de transferencia signadas con el testimonio 712/2004 y 1038/2004, ambas otorgadas por la Notaria de Fe Pública 16 de Santa Cruz, sobre el fundo rústico denominado el “Palmarito”, a la empresa agropecuaria “SOGIMA S.R.L.”, demuestran el derecho propietario que cumple a cabalidad con la función económico social establecido por la Ley Fundamental.
Sin embargo, el 27 de octubre de 2008, más de cincuenta personas desconocidas, portando armas de fuego, palos, machetes y otros objetos contundentes, todos a la cabeza de Jorge Gustavo Frias Bilbao, procedieron a ingresar mediante acciones ilegales al predio denominado “Palmarito”, intimidando a su administrador -Percy Paisano Pitiga -y a otros trabajadores, mediante disparos de armas de fuego, amenazas de muerte, corte y destrucción de alambrados, logrando así expulsar de su quieta y pacífica posesión que tenía la citada empresa a la que representa, desde hace más de cuatro años, apoderándose de los predios, de sus instalaciones y maquinaria agrícola, logrando mediante actos violentos asentarse ilegalmente en los mencionados predios, causando cuantiosas pérdidas económicas que sobrepasan el millón y medio de dólares.
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- concedió
- I.3. Trámite Procesal en el Tribunal Constitucional
- III.1. Consideraciones sobre la aplicación de la Constitución Política del Estado vigente
- III.2. Términos procesales en la acción de amparo constitucional
- III.3. Sobre el derecho a la propiedad privada
- III.4. Sobre las vías de hecho
- III.5. Análisis del caso concreto
- APROBAR