AC 0004/2010-CDP, de 26 de marzo
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AC 0004/2010-CDP, de 26 de marzo

Fecha: 30-Mar-2010

Magistrado:          Dr. Marco Antonio Baldivieso Jinés

El recurrente solicitó la calificación de daños y perjuicios, incluyendo dentro de los mismos honorarios profesionales, de acuerdo a iguala por Bs. 4.000.- (Cuatro mil bolivianos), como se señala en el punto I.4 de Antecedentes con relevancia jurídica del AC 0004/2010-CDP que motiva esta aclaración de voto.

Ante la impugnación del Auto A-397/2007 formulada por la jueza demandada, el Tribunal Constitucional aprobó dicha Resolución con el argumento, entre otros, que en la calificación efectuada  por el Tribunal de hábeas corpus, se consideraron los gastos realizados por el actor para lograr la reposición del derecho conculcado, “por cuanto la determinación de los honorarios profesionales y costas procesales constituyen gastos realizados a efectos de solicitar la tutela del derecho fundamental vulnerado” (Fundamento II.4 del AC 0004/2010).