AUTO CONSTITUCIONAL 0045/2010-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0045/2010-CA

Fecha: 05-Abr-2010

I.4. Trámite procesal en la Comisión de Admisión

El art. 4 de la Ley 003 de 13 de febrero de 2010 Ley de Necesidad de Transición a los Nuevos Entes del Órgano Judicial y Ministerio Público (LNT) establece que las competencias y funciones de este Tribunal se circunscriben únicamente a la “revisión y liquidación de los recursos constitucionales presentados hasta el 6 de febrero de 2009” y toda vez que la carga procesal es en un número considerable, a objeto de resolver toda las causas dentro de los marcos establecidos por la ley y con el análisis y fundamentación que corresponde, el Pleno de este Tribunal mediante Acuerdo Jurisdiccional Nº 002/2010 de 8 de marzo, ha dispuesto la resolución de causas mediante sorteo con el cómputo del plazo desde dicho acto procesal. En consecuencia, la presente Resolución está pronunciada dentro de plazo.